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Secretaría de Asuntos Legales comunica

Saladillo, 3 de abril de 2018.

VISTO la Comunicación N° 1/2018 sancionada en la Sesión Extraordinaria del Honorable Concejo Deliberante, el día 23 de marzo del corriente;

CONSIDERANDO que, de acuerdo a lo solicitado, es menester enmarcarse en la relación contractual que vincula a la Municipalidad con la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Saladillo Limitada;

QUE, en relación a la prestación del servicio de energía eléctrica en el partido de Saladillo, se cuenta con un Contrato de Concesión aprobado oportunamente por el Departamento Legislativo bajo el N° de Ordenanza 33/99.

QUE, más allá de la parte concedente, representada por la Municipalidad, y la parte concesionaria por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y otros Servicios de Saladillo Limitada; el contrato engloba también a un Organismo de Control que es el OCEBA y a una Autoridad de Aplicación que es el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos; y

QUE, puntualmente, en cuanto a la posibilidad de llevar a cabo auditorías, ello reviste una facultad exclusiva del Organismo de Control sujeta a circunstancias específicas.

QUE, sin perjuicio de ello, existen obligaciones que la parte concesionaria está obligada a cumplir, entre las que se encuentra la de poner a disposición del ORGANISMO DE CONTROL y de la MUNICIPALIDAD todos los documentos e información necesarias, o que éste le requiera, para verificar el cumpli­miento del CONTRATO, la Ley Provincial Nº 11.769 y toda norma aplicable, sometiéndose a los requerimientos que a tal efecto el mismo realice;

QUE, en razón de ello, dado el estado público que ha tomado la cuestión, la petición de los ciudadanos autoconvocados con relación a este tema, la preocupación del Estado y de otras entidades que nuclean a diversos grupos de personas y la buena predisposición de la Cooperativa Eléctrica y otros Servicios de Saladillo Limitada, se cree necesario la formación de una Comisión de Observación y Estudio;

QUE, por las consideraciones vertidas precedentemente y buscando la mayor representatividad de los ciudadanos de Saladillo, se cree conveniente que la Comisión sea integrada por todos aquellos actores que, de una manera u otra, han tenido injerencia en el tema;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades;

D E C R E T A

ARTÍCULO 1: Crear una Comisión de Observación y Estudio, con el objeto de que se analicen los puntos técnicos y económicos del servicio eléctrico brindado para el partido de Saladillo por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada.

ARTICULO 2: Invitar a los Bloques del Honorable Concejo Deliberante, a los ciudadanos autoconvocados con relación al tema, a la Sociedad Rural de Saladillo, a la Federación Agraria Saladillo y a la Cámara de Comercio, Propiedad e Industria de Saladillo a formar parte de ésta Comisión, debiendo informar al Departamento Ejecutivo la designación de la persona que los representará, todo lo que deberá efectuarse antes del día 9 de abril de 2018, en la Oficina de la Subsecretaria Legal y Técnica de la Municipalidad-sita en la planta baja del Palacio Municipal-.

ARTICULO 3: Disponer que la Comisión de Observación y Estudio, creada mediante el presente, tendrá una labor abocada, específicamente, a lo indicado en el artículo primero del presente y la misma se extenderá por el plazo de sesenta (60) días desde su formal integración.

ARTÍCULO 4: Notificar al Honorable Cuerpo Deliberativo y a las demás entidades y personas invitadas a integrar la Comisión de Observación y Estudio mencionada en el artículo primero.

ARTICULO 5: Comunicar, tomar razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos

DECRETO 747/2018